Los compradores de un coche entre los años 2006 y 2013 pueden reclamar miles de euros (y no lo saben): esta es la lista de marcas

Los compradores de un coche entre los años 2006 y 2013 pueden reclamar miles de euros (y no lo saben): esta es la lista de marcas

Si compraste un vehículo nuevo en un concesionario oficial de una de las 23 marcas que aparecen en el listado en las fechas que indicamos, es muy posible que seas uno de los afectados.

En julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictó una resolución mediante la que sancionó a múltiples fabricantes de automóviles. Dicha sanción tuvo por objeto los acuerdos que tales fabricantes habían alcanzado para intercambiarse información comercialmente sensible y estratégica, que afectaba a la distribución y comercialización de todos los vehículos distribuidos en España por dichos fabricantes.

Tales acuerdos suponen una práctica anticompetitiva prohibida por la ley de defensa de la competencia al disminuir, entre otras, la incertidumbre en el proceso de determinación de precios que no hubiera existido sin estos. La resolución fue recurrida por una gran parte de los sancionados, dictándose a lo largo de 2021 diferentes sentencias del Tribunal Supremo que, en su mayoría, desestiman los recursos planteados y, por lo tanto, confirman la indicada resolución de la CNMC.

¿Ha afectado el cártel a los consumidores?

El intercambio de información supuso una drástica disminución artificial de la incertidumbre del mercado, siendo ello apto para restringir o falsear el juego de la competencia en el mercado al disminuir la rivalidad entre los fabricantes participantes. A estos efectos, la CNMC indica en su resolución:

«La disminución de la competencia generada por tales intercambios de información durante los períodos en los que se produjeron se han traslado al consumidor final en forma de menores descuentos, políticas comerciales menos agresivas por parte de las marcas y un menor esfuerzo por distinguirse de las otras empresas con unos servicios de más calidad».

Es decir, los consumidores pudieron verse afectados al adquirir vehículos durante el periodo que duró el intercambio de información abonando un precio de compra superior al que hubiera pagado de no haber existido dicha práctica anticompetitiva. Se llega a valorar que los compradores han podido abonar por la compra de sus coches un importe entre un 10 y un 15% superior al precio de venta si no hubiera existido el cártel. No obstante, resultará imprescindible la emisión de un informe pericial para concretar, caso por caso, el perjuicio sufrido, sobre todo si finalmente tuviera que reclamarse por la vía judicial.

¿Cómo puedo saber si estoy afectado?

Si compraste un vehículo nuevo en un concesionario oficial de una de las 23 marcas que aparecen en este listado en las fechas que indicamos, es muy posible que seas uno de los afectados:

• Citroën: febrero de 2006 a julio de 2013.

• BMW: junio de 2008 a noviembre de 2009.

• Chevrolet: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Chrysler: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Jeep: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Dodge: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Fiat: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Alfa Romeo: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Lancia: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Ford: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Opel: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Honda: abril de 2009 a abril de 2012.

• Hyundai: julio de 2011 a julio de 2013.

• Kia: marzo de 2007 a noviembre de 2012.

• Nissan: junio de 2008 a julio de 2013.

• Peugeot: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Reault: febrero de 2006 a julio de 2013.

• Toyota: febrero de 2006 a septiembre de 2012.

• Lexus: octubre de 2007 a septiembre de 2012.

• Audi: entre septiembre de 2010 a mayo de 2013.

• Skoda: entre los meses de abril de 2009 a noviembre de 2012.

• SEAT: entre febrero de 2006 a enero de 2013.

• Volkswagen: entre octubre de 2008 a mayo de 2013.

En los casos de Audi, SEAT, Skoda y Volkswagen, la reclamación al fabricante presenta ciertas dificultades para que prospere y sería preciso analizar si es viable plantearla al concesionario que te lo vendió. Ello se debe a que Competencia eximió del pago de la sanción que les correspondería por su participación en la conducta infractora a las empresas propietarias de estas marcas, SEAT y Volkswagen Audi España. Y ello por su condición de solicitantes de clemencia, toda vez que colaboraron con la CNMC aportando elementos de pruebas suficientes para ordenar las inspecciones realizadas, así como posteriormente durante la instrucción de este expediente, posibilitado la detección y acreditación de este cártel.

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